Aclaración Warrants AMPER
- Escoben
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Aclaración Warrants AMPER
Buenas a todos. Como veo que se está liando bastante el tema de los warrants y veo interpretaciones muy variopintas respecto de la última "no publicación" , he decidido abrir este mini-hilo para tratar de esclarecer el asunto.
Para empezar, vamos a identificar el "origen" de estos warrants:
En abril del año 2015, la compañÃa acometió una operación de refinanciación con las entidades financieras de la Póliza del Contrato de Financiación Sindicado en España, que supondrÃa el pilar sobre el que se definirÃa la estrategia que permitió salvar un perentorio concurso de acreedores.
En septiembre de ese mismo año, el Juzgado de lo Mercantil nº 5 de Madrid homologó el Acuerdo de Financiación Sindicado.
La reestructuración financiera de la deuda afectarÃa a una cantidad total de 126 millones de euros que quedarÃan repartidos en dos tramos:
- Tramo A: mantenimiento como deuda financiera de un importe de 15 millones de euros, con interés Euribor + 3%, con los siguientes vencimientos previstos:
+++ Corto plazo : 600.000 €
+++ 2017: 700.000 €
+++ 2018: 800.000 €
+++ 2019: 12.900.000 €
- Tramo B: conversión en capital de 111 millones de euros en un máximo de 185 millones de acciones, conforme un calendario que establece ventanas de conversión ya fijadas:
El canje son de 110.904.000€ en 185.000.000 acciones.
Para empezar, vamos a identificar el "origen" de estos warrants:
En abril del año 2015, la compañÃa acometió una operación de refinanciación con las entidades financieras de la Póliza del Contrato de Financiación Sindicado en España, que supondrÃa el pilar sobre el que se definirÃa la estrategia que permitió salvar un perentorio concurso de acreedores.
En septiembre de ese mismo año, el Juzgado de lo Mercantil nº 5 de Madrid homologó el Acuerdo de Financiación Sindicado.
La reestructuración financiera de la deuda afectarÃa a una cantidad total de 126 millones de euros que quedarÃan repartidos en dos tramos:
- Tramo A: mantenimiento como deuda financiera de un importe de 15 millones de euros, con interés Euribor + 3%, con los siguientes vencimientos previstos:
+++ Corto plazo : 600.000 €
+++ 2017: 700.000 €
+++ 2018: 800.000 €
+++ 2019: 12.900.000 €
- Tramo B: conversión en capital de 111 millones de euros en un máximo de 185 millones de acciones, conforme un calendario que establece ventanas de conversión ya fijadas:
El canje son de 110.904.000€ en 185.000.000 acciones.
Despues de saber aprovechar una oportunidad, lo más importante es saber renunciar a una ventaja.
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Aclarada la génesis de estos warrants vamos a destripar un poco su ejecución:
El canje de los warrants evidentemente sólo afecta al tramo “B†de la deuda. Partimos de la base de que son 100M de € en 185 millones de acciones obligatoriamente convertibles en un plazo máximo de 10 años. ¿Cómo se convierten?:
Cada Warrant podrá ser ejercitado por su titular en cualquiera de las ventanas de ejercicio del Warrant que serán:
- Primera Ventana de Conversión, que comprenderá los diez DÃas Hábiles anteriores a la fecha que coincida con el vencimiento del tercer mes posterior a la fecha de entrada en vigor del Contrato de Financiación.
- Segunda Ventana de Conversión, que comprenderá los diez DÃas Hábiles anteriores a la fecha que coincida con el vencimiento del noveno mes posterior a la fecha de entrada en vigor del Contrato de Financiación.
- Tercera Ventana de Conversión y sucesivas, que comprenderá los diez DÃas Hábiles anteriores a la fecha que coincida con el segundo aniversario de la fecha de entrada en vigor del Contrato de Financiación. Los sucesivos periodos de conversión comprenderán los diez DÃas Hábiles anteriores a la fecha que coincida con los sucesivos aniversarios de la fecha de entrada en vigor del Contrato de Financiación, siendo el último periodo de conversión el que comprenda los diez DÃas Hábiles anteriores a la fecha que coincida con el décimo aniversario de la fecha de entrada en vigor del Contrato de Financiación.
Los Prestamistas individualmente podrán optar por convertir parte o toda su participación en el Importe del Tramo B a su libre discreción siempre que la conversión se realice en cualquiera de las anteriores Ventanas de Conversión.
- LÃmites al ejercicio de la facultad de suscripción: El lÃmite de conversión de los Warrants en acciones de la Sociedad, es del 25% del Importe del Tramo B en cada Ventana de Conversión. No obstante lo anterior, este lÃmite es acumulable, en caso de no convertirse en una Ventana de Conversión totalmente el 25% del importe del Tramo B, el importe no convertido en la correspondiente Ventana de Conversión se acumulará, con carácter adicional, al 25% del Importe del Tramo B objeto de potencial conversión de la siguiente Ventana de Conversión, y asà sucesivamente. La opción de conversión será libremente transmisible a terceros junto con la participación de cada Prestamista en el Importe del Tramo B.
A partir de la quinta Ventana de Conversión ordinaria (incluida) no resultará de aplicación ninguna clase de lÃmite.
El canje de los warrants evidentemente sólo afecta al tramo “B†de la deuda. Partimos de la base de que son 100M de € en 185 millones de acciones obligatoriamente convertibles en un plazo máximo de 10 años. ¿Cómo se convierten?:
Cada Warrant podrá ser ejercitado por su titular en cualquiera de las ventanas de ejercicio del Warrant que serán:
- Primera Ventana de Conversión, que comprenderá los diez DÃas Hábiles anteriores a la fecha que coincida con el vencimiento del tercer mes posterior a la fecha de entrada en vigor del Contrato de Financiación.
- Segunda Ventana de Conversión, que comprenderá los diez DÃas Hábiles anteriores a la fecha que coincida con el vencimiento del noveno mes posterior a la fecha de entrada en vigor del Contrato de Financiación.
- Tercera Ventana de Conversión y sucesivas, que comprenderá los diez DÃas Hábiles anteriores a la fecha que coincida con el segundo aniversario de la fecha de entrada en vigor del Contrato de Financiación. Los sucesivos periodos de conversión comprenderán los diez DÃas Hábiles anteriores a la fecha que coincida con los sucesivos aniversarios de la fecha de entrada en vigor del Contrato de Financiación, siendo el último periodo de conversión el que comprenda los diez DÃas Hábiles anteriores a la fecha que coincida con el décimo aniversario de la fecha de entrada en vigor del Contrato de Financiación.
Los Prestamistas individualmente podrán optar por convertir parte o toda su participación en el Importe del Tramo B a su libre discreción siempre que la conversión se realice en cualquiera de las anteriores Ventanas de Conversión.
- LÃmites al ejercicio de la facultad de suscripción: El lÃmite de conversión de los Warrants en acciones de la Sociedad, es del 25% del Importe del Tramo B en cada Ventana de Conversión. No obstante lo anterior, este lÃmite es acumulable, en caso de no convertirse en una Ventana de Conversión totalmente el 25% del importe del Tramo B, el importe no convertido en la correspondiente Ventana de Conversión se acumulará, con carácter adicional, al 25% del Importe del Tramo B objeto de potencial conversión de la siguiente Ventana de Conversión, y asà sucesivamente. La opción de conversión será libremente transmisible a terceros junto con la participación de cada Prestamista en el Importe del Tramo B.
A partir de la quinta Ventana de Conversión ordinaria (incluida) no resultará de aplicación ninguna clase de lÃmite.
Despues de saber aprovechar una oportunidad, lo más importante es saber renunciar a una ventaja.
OK. Muchas gracias Escoben.
Pero cada vez que se convierten se emiten nuevas acciones con un nominal de 0,05 euros. Eso hace que el capital social aumente, aunque no haya una entrada efectiva de dinero.
¿Cuáles son los apuntes contables en el libro diario y el libro mayor?.
Perdona que te haya interrumpido el hilo.
Pero cada vez que se convierten se emiten nuevas acciones con un nominal de 0,05 euros. Eso hace que el capital social aumente, aunque no haya una entrada efectiva de dinero.
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- Escoben
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Ahora vamos a intentar explicar el tema de las ventanas y los "dineiros":
Como el contrato entró en vigor el 24 de septiembre de 2015, la primera ventana de conversión de warrants se efectuó en el periodo comprendido entre el 14 y el 23 de diciembre del mismo año.
La segunda ventana de conversión tuvo lugar a los 6 meses después de la 1º ventana de conversión, o sea entre el 14 y el 23 de junio de 2016.
La tercera ventana de conversión se ejecutó ya en septiembre del siguiente año, (como las sucesivas), concretamente entre el 14 y el 23 de septiembre de 2017.
A partir de entonces, cada ventana de canje es anual (entre el 14 y 23 de septiembre de 2018, 2019, 2020 ,2021, 2022 ,2023 ,2024 y 2025).
En cada ventana solo se podÃa canjear un máximo del 25% de toda la emisión de Warrants , acumulable, es decir si no se llegará al 25% en la primera, se acumularÃa para la 2ª ventana y asà sucesivamente.
De este modo los máximos que podrÃan haberse convertido en cada ventana habrÃan sido:
* diciembre de 2015 un máximo de: 46.250.000 acciones.
* junio de 2016 hasta un máximo de: 92.500.000 acciones.
* septiembre de 2017 hasta un máximo de: 138.750.000 acciones.
* septiembre de 2018 hasta un máximo de: 185.000.000 acciones.
* Años posteriores se pueden canjear sin restricciones de ningún tipo.
Si se llegase al año 2025 sin haber canjeado una parte de los warrants, estos caducarÃan.
Respecto de precio, es importante reseñar que cada warrant tiene un valor contable de 0,594€, es decir, en el contrato de refinanciación se "cambiaron 111 millones de euros de deuda bancaria de la compañÃa con diferentes entidades financieras (entre ellas POP, SAN, BSCH, CA...) por 185 millones de warrants, por lo que cada warrant refleja un valor contable de casi 0,6 €. Cuando se está ejerciendo el derecho de conversión, no se desembolsa un sólo euro (veo que hay mucha confusión al respecto), ya que esos warrants ya fueron "pagados" con esa deuda que se le amortizó a la compañÃa. Entonces algunos os preguntaréis ¿por qué se relaciona la caÃda en la cotización de la acción con la ejecución de estos warrants?.
Pues IMPORTANTE esta aclaración: que el precio de la cotización esté bajo no afecta en absoluto al número de warrants a convertir, ya que el precio de cada warrant ya está fijado y amortizado, pero lo que sà puede afectar a la cotización es que el tenedor de esos warrants no tuviese interés en convertirlos y sà en venderlos a un tercero (o un cuarto o un quinto... pues es imposible determinar por cuántas manos han pasado en mercados secundarios o alternativos). Si ese fuera el caso, y su tenedor tuviese interés en venderlos, ¿a quién le interesarÃa que la cotización estuviese barata?... pues a un posible comprador. Es decir, si yo soy ese comprador y ofrezco un precio por los warrants, evidentemente no voy a ofrecer el precio de su valor contable (aquellos casi 0,6€), sino un precio muy inferior. Si la cotización está en 25 céntimos, el tenedor de los warrants no va a pedir una cifra inferior, ya que evidentemente le saldrÃa más rentable convertirlos y ponerlos en el marcado, por tanto, a mÃ, como comprador, me interesa que el precio esté bajo para forzar en esa negociación un precio más rentable a mis intereses. ¿quién puede tener músculo para controlar la cotización en esos parámetros?... Pues ya sabemos cómo las gastan JOMAR e hijos, Auriga, Martinavarro (o sea, una sóla mano gestionando el asunto en su propio interés).
Evidentemente este comentario es una fantasÃa, que podrÃa estar muy lejos de la realidad o más cerca de lo aparente.
Otra posibilidad serÃa que el tenedor de los warrants ya los hubiese comprado en una ventana anterior, cuando la cotización estaba aún más deteriorada, y que haya adoptado una posición corta (de manera muy fraccionada desde diferentes vehÃculos... no se me ocurre quién podrÃa hacerlo... o tal vez sÃ), y que ahora aprovechase esta conversión para cerrarse.
Aquà ya , es elucubrar y que cada uno saque sus conclusiones.
La más sencilla de las respuestas serÃa que simplemente el mercado esté anticipando el miedo a que el que acudida a esa ventana ponga los tÃtulos en el mercado...
Como el contrato entró en vigor el 24 de septiembre de 2015, la primera ventana de conversión de warrants se efectuó en el periodo comprendido entre el 14 y el 23 de diciembre del mismo año.
La segunda ventana de conversión tuvo lugar a los 6 meses después de la 1º ventana de conversión, o sea entre el 14 y el 23 de junio de 2016.
La tercera ventana de conversión se ejecutó ya en septiembre del siguiente año, (como las sucesivas), concretamente entre el 14 y el 23 de septiembre de 2017.
A partir de entonces, cada ventana de canje es anual (entre el 14 y 23 de septiembre de 2018, 2019, 2020 ,2021, 2022 ,2023 ,2024 y 2025).
En cada ventana solo se podÃa canjear un máximo del 25% de toda la emisión de Warrants , acumulable, es decir si no se llegará al 25% en la primera, se acumularÃa para la 2ª ventana y asà sucesivamente.
De este modo los máximos que podrÃan haberse convertido en cada ventana habrÃan sido:
* diciembre de 2015 un máximo de: 46.250.000 acciones.
* junio de 2016 hasta un máximo de: 92.500.000 acciones.
* septiembre de 2017 hasta un máximo de: 138.750.000 acciones.
* septiembre de 2018 hasta un máximo de: 185.000.000 acciones.
* Años posteriores se pueden canjear sin restricciones de ningún tipo.
Si se llegase al año 2025 sin haber canjeado una parte de los warrants, estos caducarÃan.
Respecto de precio, es importante reseñar que cada warrant tiene un valor contable de 0,594€, es decir, en el contrato de refinanciación se "cambiaron 111 millones de euros de deuda bancaria de la compañÃa con diferentes entidades financieras (entre ellas POP, SAN, BSCH, CA...) por 185 millones de warrants, por lo que cada warrant refleja un valor contable de casi 0,6 €. Cuando se está ejerciendo el derecho de conversión, no se desembolsa un sólo euro (veo que hay mucha confusión al respecto), ya que esos warrants ya fueron "pagados" con esa deuda que se le amortizó a la compañÃa. Entonces algunos os preguntaréis ¿por qué se relaciona la caÃda en la cotización de la acción con la ejecución de estos warrants?.
Pues IMPORTANTE esta aclaración: que el precio de la cotización esté bajo no afecta en absoluto al número de warrants a convertir, ya que el precio de cada warrant ya está fijado y amortizado, pero lo que sà puede afectar a la cotización es que el tenedor de esos warrants no tuviese interés en convertirlos y sà en venderlos a un tercero (o un cuarto o un quinto... pues es imposible determinar por cuántas manos han pasado en mercados secundarios o alternativos). Si ese fuera el caso, y su tenedor tuviese interés en venderlos, ¿a quién le interesarÃa que la cotización estuviese barata?... pues a un posible comprador. Es decir, si yo soy ese comprador y ofrezco un precio por los warrants, evidentemente no voy a ofrecer el precio de su valor contable (aquellos casi 0,6€), sino un precio muy inferior. Si la cotización está en 25 céntimos, el tenedor de los warrants no va a pedir una cifra inferior, ya que evidentemente le saldrÃa más rentable convertirlos y ponerlos en el marcado, por tanto, a mÃ, como comprador, me interesa que el precio esté bajo para forzar en esa negociación un precio más rentable a mis intereses. ¿quién puede tener músculo para controlar la cotización en esos parámetros?... Pues ya sabemos cómo las gastan JOMAR e hijos, Auriga, Martinavarro (o sea, una sóla mano gestionando el asunto en su propio interés).
Evidentemente este comentario es una fantasÃa, que podrÃa estar muy lejos de la realidad o más cerca de lo aparente.
Otra posibilidad serÃa que el tenedor de los warrants ya los hubiese comprado en una ventana anterior, cuando la cotización estaba aún más deteriorada, y que haya adoptado una posición corta (de manera muy fraccionada desde diferentes vehÃculos... no se me ocurre quién podrÃa hacerlo... o tal vez sÃ), y que ahora aprovechase esta conversión para cerrarse.
Aquà ya , es elucubrar y que cada uno saque sus conclusiones.
La más sencilla de las respuestas serÃa que simplemente el mercado esté anticipando el miedo a que el que acudida a esa ventana ponga los tÃtulos en el mercado...
Despues de saber aprovechar una oportunidad, lo más importante es saber renunciar a una ventaja.
- Escoben
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Efectivamente, el capital social aumenta porque se inscriben nuevas acciones con ese nominal. Por eso se hace una ak para emitir ese nuevo papel. En la contabilidad se anota el gasto atribuÃble a esa AK, mientras que el aumento de capital social pasa al registro mercantilaragonio escribió: ↑16 Jul 2021 11:46OK. Muchas gracias Escoben.
Pero cada vez que se convierten se emiten nuevas acciones con un nominal de 0,05 euros. Eso hace que el capital social aumente, aunque no haya una entrada efectiva de dinero.
¿Cuáles son los apuntes contables en el libro diario y el libro mayor?.
Perdona que te haya interrumpido el hilo.
Despues de saber aprovechar una oportunidad, lo más importante es saber renunciar a una ventaja.
O sea que los warrants aparecen en el balance en el pasivo, valorados cada uno a 0,60 euros.
Y cada vez que un warrant se convierte en una acción:
- Desaparecen 0,60 euros del pasivo.
- Y se transforman en 0,05 euros de pasivo en capital social.
- Y 0,55 euros de beneficio ficticio.
Es asà o me he hecho la picha un lÃo?
Y cada vez que un warrant se convierte en una acción:
- Desaparecen 0,60 euros del pasivo.
- Y se transforman en 0,05 euros de pasivo en capital social.
- Y 0,55 euros de beneficio ficticio.
Es asà o me he hecho la picha un lÃo?
- Dunbar
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Gracias por recopilar la info.
Solo añado que de los 185 millones de W, ya solo quedan por convertir 9 millones (una cantidad irrisoria en comparación con años atrás y que no podemos descartar como ya recogidos por alguna mano que no tiene prisa en convertirlos); en efectivo a estos precios hablamos ya de 1,5 millón €, para una mano fuerte calderilla. Los 176 millones anteriores ya son acciones en circulación en la bolsa durante estos años de atrás (los últimos de estos dÃas eran 31 Mill). Con estos últimos ya supera la cotización los 1.100 millones de acciones.
Solo añado que de los 185 millones de W, ya solo quedan por convertir 9 millones (una cantidad irrisoria en comparación con años atrás y que no podemos descartar como ya recogidos por alguna mano que no tiene prisa en convertirlos); en efectivo a estos precios hablamos ya de 1,5 millón €, para una mano fuerte calderilla. Los 176 millones anteriores ya son acciones en circulación en la bolsa durante estos años de atrás (los últimos de estos dÃas eran 31 Mill). Con estos últimos ya supera la cotización los 1.100 millones de acciones.
Sunkmánitu Thánka Ob WachÃ.
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- Dunbar
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El beneficio es contable y ya entró en las cuentas de la restructuración de 2015. Digamos que los W es una especie de capitalización en diferido te quitas la deuda en 2015 pero las acciones van entrando a bolsa durante los siguientes años.aragonio escribió: ↑16 Jul 2021 12:12O sea que los warrants aparecen en el balance en el pasivo, valorados cada uno a 0,60 euros.
Y cada vez que un warrant se convierte en una acción:
- Desaparecen 0,60 euros del pasivo.
- Y se transforman en 0,05 euros de pasivo en capital social.
- Y 0,55 euros de beneficio ficticio.
Es asà o me he hecho la picha un lÃo?
Sunkmánitu Thánka Ob WachÃ.
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Es decir, que en 2015 se hace desaparecer la deuda mediante un beneficio.
Y los warrants no están contemplados en el balance.
Y cuando se convierten en acciones........
¿El aumento de capital social viene de algún tipo de reservas o algo?
Perdonad mi ignorancia, pero esto de la contabilidad por partida doble parece que se entiende, pero luego te encuentras con que no.
Y los warrants no están contemplados en el balance.
Y cuando se convierten en acciones........
¿El aumento de capital social viene de algún tipo de reservas o algo?
Perdonad mi ignorancia, pero esto de la contabilidad por partida doble parece que se entiende, pero luego te encuentras con que no.
- marc bolan7
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Ampliación de capital 4ª ventana de Warrantsaragonio escribió: ↑16 Jul 2021 12:35Es decir, que en 2015 se hace desaparecer la deuda mediante un beneficio.
Y los warrants no están contemplados en el balance.
Y cuando se convierten en acciones........
¿El aumento de capital social viene de algún tipo de reservas o algo?
Perdonad mi ignorancia, pero esto de la contabilidad por partida doble parece que se entiende, pero luego te encuentras con que no.
Con fecha 2 de octubre de 2018 el Consejo de Administración de la Sociedad acordó ejecutar un aumento de capital por importe de 819 miles de euros mediante compensación de parte de la deuda derivada del Contrato de Refinanciación de la Sociedad de 13 de abril de 2015, correspondiente al Tramo B (warrants convertibles) y respecto de la solicitudes de conversión formuladas al Banco Agente.
El importe de la deuda convertida en acciones (que en el ejercicio 2015 se habÃa reconocido como un instrumento de patrimonio por importe de 1.540 miles de euros) ascendió a 9.824 miles de euros y el número de acciones creadas fue de 16.387.496.
Con fecha 17 de diciembre de 2018 quedó inscrita en el Registro Mercantil de Madrid la ampliación de capital mediante la compensación de parte de la deuda derivada del Contrato de Refinanciación de la Sociedad.
En consecuencia se emitieron 16.387.496 acciones nuevas valoradas a 0,59 euros, habiéndose reconocido la diferencia entre la baja del instrumento de patrimonio y las acciones emitidas contra reservas. Las nuevas acciones se admitieron a cotización con fecha 31 de diciembre de 2018.
Esto viene en el informe de auditorÃa de las cuentas en 2019 y se refiere a la conversión anterior. Creo que lo que preguntas viene contestado en la negrita.
https://www.grupoamper.com/wp-content/u ... R-2019.pdf
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- Rebekas • jmcg59
Tratar con educación es cuestión de clase, no de dinero.
Pues según lo entiendo la ampliación de capital necesaria sale de reducir la deuda, o sea que la deuda sigue en el balance.
Pero no me hagáis mucho caso, que esto me viene grande.
Muchas gracias por vuestro interés.
Y a ver si tras los warrants nos la sueltan y esto empieza a subir.
Pero no me hagáis mucho caso, que esto me viene grande.
Muchas gracias por vuestro interés.
Y a ver si tras los warrants nos la sueltan y esto empieza a subir.
- marc bolan7
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A ver si, con contabilidad de ir por casa, te lo puedo aclarar:
Debe / Haber
1- Bancos a Deuda
2- Deuda a Warrants
3- Warrants a Capital Social/Reservas
siendo:
Bancos cuenta de activo, Deuda cuenta de pasivo (que desaparece), Warrant cuenta de pasivo (instrumento de patrimonio, que desaparece) y Capital Social y Reservas cuentas de pasivo (patrimonio neto).
Debe / Haber
1- Bancos a Deuda
2- Deuda a Warrants
3- Warrants a Capital Social/Reservas
siendo:
Bancos cuenta de activo, Deuda cuenta de pasivo (que desaparece), Warrant cuenta de pasivo (instrumento de patrimonio, que desaparece) y Capital Social y Reservas cuentas de pasivo (patrimonio neto).
Tratar con educación es cuestión de clase, no de dinero.