Abengoa

Analiza y debate sobre el Mercado continuo bursatil
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jmcg59
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Mensaje por jmcg59 »

Entrevista a Clemente Fernández en 'El Mirador de Andalucía' de Canal Sur Radio: "Abengoa es viable y tiene solución" (24/05/2022)
https://www.canalsur.es/multimedia.html?id=1832077
Las previsiones te dirán mucho sobre el pronosticador, pero no te dirán nada sobre el futuro (Warren Buffett)

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Frapema77
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Mensaje por Frapema77 »

Clemente Fernández sobre la situación de Abengoa y su futuro

13/06/2022

#Andaluciacapital Clemente Fernandez sobre la situación de Abengoa y su futuro .

https://go.ivoox.com/rf/88376323
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"Cuando creíamos tener todas las respuestas, de repente cambiaron todas las preguntas".

Trinraf
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Mensaje por Trinraf »

El ruido no debe hacerse frente al Palacio de San Telmo , sede del Gobierno autonomico, sino ante los ministerios Industria y Trabajo .Es el Gobierno Central el que se esta poniendo de perfil o incluso parece que es el que esta poniendo palos en las ruedas en Abengoa.

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Frapema77
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Mensaje por Frapema77 »

Abengoa negociará con sus acreedores una quita de deuda por encima del 80%

También se planteará que el Estado extienda del pago con las administraciones públicas, Hacienda y Seguridad Social, más el apoyo de CESCE en avales.

El equipo gestor de Abengoa y miembros de su Consejo de Administración ultiman la propuesta para reestructurar la deuda de la compañía cifrada en 6.000 millones de euros y así evitar la que sería la mayor quiebra de una empresa en la historia de España. Según ha podido confirmar THE OBJECTIVE con fuentes involucradas en estas negociaciones, uno de los ejes del plan es ofrecer una quita superior al 80% del montante total y un horizonte de pagos a ocho años vista.

A comienzos de junio, la matriz del grupo andaluz entró en fase de convenio tras el dictamen del juez que tramita su concurso de acreedores presentado en febrero del año pasado. Esto implica que Abengoa debe presentar una propuesta formal de acuerdo a los tenedores de deuda a más tardar el 1 de julio. A partir de aquí hay otros dos meses para que todos los acreedores acepten y, si hay acuerdo mayoritario, se evita la liquidación de la compañía.

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https://theobjective.com/economia/2022- ... creedores/
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Trinraf
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Mensaje por Frapema77 »

Declaraciones de Laura Rodríguez, presidenta del comité de empresa de Abengoa, la cual se haya en encierro voluntairo en la Sepi

https://voca.ro/13qqvoLTEV8V
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Mensaje por Frapema77 »

Presidente Abengoa cree que Gobierno debe rescatar a empleados, no a fondos

EFE Bolsa Hace 1 hora (22.06.2022 16:27)

Madrid, 22 jun (.).- El presidente de Abengoa, Clemente Fernández, ve improbable el actual plan de rescate del grupo, que beneficiaría básicamente a los fondos estadounidenses que controlan su deuda, y cree que el Gobierno debe impulsar un convenio de acreedores que salve a empresa y empleados con menos de la mitad de recursos públicos.

"El rescate de Abengoa puede costar al Gobierno mucho menos de los 249 millones de euros que ha pedido a la Sepi y además se puede dedicar realmente a salvar sus 8.700 empleos y no a los bonistas" a través del Fondo de Apoyo a la Solvencia de Empresas Estratégicas -diseñado para socorrer a empresas amenazadas por la pandemia-, ha defendido Fernández en una entrevista con Efe.

La Sepi ha dado de plazo hasta el próximo domingo para que la empresa presente alegaciones a los informes finales elaborados sobre la petición de rescate de cinco filiales de Abenewco (filial operativa de Abengoa), en los que se ponen pegas a la operación alegando la gran cantidad de pleitos que el grupo tienen pendientes en diferentes países.

La inyección de los 249 millones de ayudas públicas a través del citado fondo activaría el resto de la reestructuración diseñada para la compañía, que contempla también un máximo de 300 millones de avales de los bancos para poder acometer proyectos y la aportación por el fondo Terramar Capital, que adquiriría el 70 % de Abenewco 1, de 200 millones (60 en capital y 140 en deuda).

Mientras, siete representantes sindicales de Abengoa permanecen encerrados en la sede de la Sepì desde el martes a la espera de que se les ofrezca una clara solución de viabilidad que evite la liquidación del grupo, al que se le agotan los plazos.

Fernández confía en que no se llegará a ver la liquidación del grupo -en concurso de acreedores desde hace más de un año-, ya que gran parte de sus negocios son viables.

"Desde el Consejo de Abengoa (matriz) estamos en contra de la solución de Terramar porque supone rescatar a los bonistas, a los grandes fondos americanos", ha explicado Fernández, que defiende que "el dinero español debe ser para proteger el capital español".

En este sentido, vería con buenos ojos que el Gobierno, que ya es el mayor accionista particular de Abengoa con el 3,1 %, aumente su participación en el grupo sevillano "en la medida en que considere oportuno".

CONVENIO DE ACREEDORES ANTES DE FIN DE AÑO

"Nosotros vamos a 'conveniar' la matriz (Abengoa SA (BME:ABGek)) antes del 1 de julio ante los juzgados de Sevilla, para que el convenio esté votado y aprobado antes del 1 de septiembre. Luego se puede hacer una recapitalización de la matriz y aumentar la participación pública a través de una ampliación de capital" que sería secundada además por "accionistas y 'family offices' españoles", resume Fernández.

De esta forma, "las cifras de inversión del Gobierno serían mucho más bajas" que las que se están manejando ahora, porque no habría que dedicar ingentes recursos a pagar deudas, ya que se impulsaría un convenio "con enormes quitas" y todas las incidencias legales pendientes "se pueden quedar bloqueadas".

"Si logras amparar todo bajo un concurso y un convenio sería necesario mucho menos dinero", ha explicado el presidente de la matriz, quien ha cifrando en 8.700 empleos los que actualmente mantiene el grupo sevillano, después de que en lo que vaya de año se hayan destruido miles de puestos de trabajo por el fin de varios contratos de obra y la pérdida de los negocios en Perú, entre otros factores.

https://es.investing.com/news/stock-mar ... os-2264646
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Entrevista a Clemente - Radio Intereconomía (22-06-22)


https://voca.ro/1nBBPlz57HXd
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Los trabajadores de Abengoa piden el cese de Clemente Fernández como consejero de Abenewco1



https://sevilla.abc.es/economia/sevi-tr ... ticia.html
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Trinraf
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Frapema77 escribió:
25 Jun 2022 19:17
Los trabajadores de Abengoa piden el cese de Clemente Fernández como consejero de Abenewco1



https://sevilla.abc.es/economia/sevi-tr ... ticia.html
Que asco me da este comité que dice que hablan en nombre de los trabajadores. Espero y deseo que puedan ser desenmascarados . Quizás sería interesante que los que estamos en el Grupo Abengoa Shares hiciéramos un gesto reivindicativo y de apoyo a Clemente y hacia los que están al pie del cañón; trabajadores y directivos . Yo me apunto a una caravana hacia Madrid y dar la cara . Somos muchos .

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Frapema77
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Mensaje por Frapema77 »

Abengoa: Horas críticas tras perder año y medio

LUNES, 27 DE JUNIO, 2022

El grupo Abengoa vive horas críticas: el jueves próximo expira el plazo de vigencia del Fondo de Ayuda a la Solvencia de Empresas Estratégicas, y a día de hoy las seis filiales solicitantes de la ayuda pública de 249 millones de euros ha sido declaradas como no elegibles en la propuesta inicial, y el viernes, primero de julio, tiene que estar presentada una propuesta de convenio que evite que la matriz del grupo entre en liquidación. Y no sólo la matriz, el potencial fracaso del único rescate permitido por la administración concursal, ejercida por EY Abogados, y los ejecutivos que siguen teniendo el control del grupo, supone haber perdido un año y medio que habría sido vital para reflotar la compañía cotizada y sus filiales.

El informe de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI), como gestora del Fondo, que hoy publican los diarios del Grupo Joly no deja lugar a la duda. “La única salida” tan repetida por directivos y por la administración concursal, al señalar que sólo había una oferta supuestamente vinculante, no era tal. Si acaso, un callejón sin salida. Porque el informe de 11 páginas expone de manera contundente que con el rescate que se plantea, vinculado a la oferta de Terramar Capital LLC, deja claro que no se acredita la viabilidad del grupo a medio y largo plazo y que no se dan garantías de que el dinero que se pide prestado al Estado pudiese devolverse.

Atrás quedan meses de medias verdades y engaños de los ejecutivos responsables de este rescate. En enero, cuando trascendió que Abenewco 1, la solicitante inicial según lo comunicado por la compañía a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), fue ya declarada no elegible, el presidente no ejecutivo de Abenewco 1, Juan Pablo López-Bravo, dijo en una reunión con directivos, contada con detalle por el Grupo Joly, que todo iba muy bien con la SEPI, tras haber declarado solicitantes a las seis sociedades filiales que aglutinan las distintas verticales del negocio, que esperaba que en febrero el rescate público estuviera concedido, lo que permitiría que el “inversor”, esto es Terramar, también diese su financiación. Porque el comisionista de EEUU no pone un euros sin que haya fondos públicos. Al contrario, ha cobrado por ofertar. En la misma reunión otros directivos, como Álvaro Polo, también prometían una pronta resolución y un futuro prometedor. Esas promesas se han repetido durante todo el primer semestre, a los representantes de los trabajadores (que han estado callados hasta que la dirección ya tuvo indicios de que no se recibiría la ayuda) y a los propios empleados.

Falsas promesas

Frente a esas falsas promesas, la SEPI pone negro sobre blanco, que la asignación de los distintos préstamos solicitados al Fondo no se registró hasta el 7 de abril de 2022. Las cuantías solicitadas por las seis filiales pedidas entonces son: Abengoa Energía 87,5 millones en un préstamo participativo y otros 44,8 en un crédito ordinario; Abener Energía 48,8 y 5,8; Abengoa Agua 21,2 y 20,3; Instalaciones Inabensa 3,1 y 2,9; Abengoa Operación y Mantenimiento 3,7 y 3,6, y Abengoa Solar España las mismas cantidades que la anterior. En total, 168 millones en préstamos participativos y 81 en préstamos ordinarios que suman el global de 249 millones.

Pero no es el único retraso en la tramitación. El nuevo Plan de Viabilidad se entregó a la SEPI el 10 de mayo de 2022, una vez que se incorporaron los datos auditados de las cuentas anuales del ejercicio 2020. Es falso por tanto que la SEPI haya estado 15 meses demorando pronunciarse. Es más, desde que tuvo todos los datos completos (tras múltiples peticiones de información por parte de los asesores de la SEPI), la propuesta del Fondo que declara no elegible la ayuda se remitió el pasado martes 21 de junio de 2002. Apenas 42 días después de entregarse el Plan de Viabilidad. Aunque el Gobierno se ha cuidado de no contestar antes de que se celebrasen las elecciones autonómicas en Andalucía.

Las razones que llevan a la SEPI a concluir que no hay garantías de viabilidad para el grupo Abengoa con los planes y la gestión de estos directivos, lo que impediría devolver el dinero público que se presta, son prolijas. Muchas de ellas se relatan en la información que hoy publica el Grupo Joly, que además ha difundido el documento completo que certifica la veracidad de lo publicado. Ese documento se basa íntegramente en los dos informes, uno jurídico y otro financiero, de los asesores contratados por la SEPI. Casi 1.000 folios plagados de consideraciones que alertan de contingencias y riesgos que llevan a proponer que no se conceda la ayuda.

Pese ser ya públicos, alguno de los más importantes son dignos de enfatizar: litigios por casi mil millones que están pendientes y pueden tener impacto en las seis sociedades solicitantes, a los que hay que sumar reclamaciones extrajudiciales y pleitos penales que generarían reclamación de cantidades por la vía civil. Entre esas causas penales, además, está la que investiga si las reestructuraciones de 2017 y 2019 fueron delictivas, y en ellas tienen origen los instrumentos de deuda convertibles que permitirían que Terramar se quedara con el 70% de Abenewco 1 y el otro 30% KKR y otros fondos extranjeros. Ingresos sobre los que no hay certeza alguna, porque se atribuyen a contrataciones futuras que de momento no existen. O riesgos fiscales por romper el grupo por 2.000 millones de euros.

Realidad fáctica

El contundente informe tiene poco que ver con el correo que López-Bravo mandó a la plantilla en la noche del miércoles, en el que sostuvo que los asesores no se oponen a la elegibilidad y que dan “algunos toques” sobre riesgos, y es la SEPI la que declara no elegible al grupo. Las 11 páginas del informe y las conclusiones que se basan siempre en lo que advierten los asesores son una realidad fáctica indubitable frente a la escasa credibilidad de un directivo que traicionó a quienes le eligieron (lo que también es culpa de los accionistas que erraron claramente), que no domina el negocio y que tiene intereses económicos directos en que salga adelante esa reestructuración, por importe de una anualidad de su sueldo por un puesto no ejecutivo. El presidente de Abengoa, Clemente Fernández, denunció el pasado viernes que esa cuantía es de 800.000 euros, que se hizo con la compañía ya en concurso y sin pasar por comité de Nombramientos y Retribuciones, algo obligado en una compañía cotizada. Los comités de empresa le replicaron esa misma noche que había renunciado a la mitad, 400.000 euros, aunque más que una renuncia es un aplazamiento porque los cobraría si sale adelante el rescate.

La realidad que pone de manifiesto el informe de la SEPI es que se ha perdido un año y medio, desde que López-Bravo fue elegido presidente de Abengoa. Sobre todo a partir de que en febrero pidió el concurso, en unión de otra consejera que luego dimitiría, Margarida de la Riva Smith, como única forma de evitar su segura destitución en la junta convocada para el 3 y 4 de marzo de 2021, para lo que solicitó una suspensión cautelar –que resultó definitiva– al entonces juez del concurso, Miguel Ángel Navarro, por no poder asistir la administración concursal, que entonces no estaba nombrada. Posteriormente en junio de 2021, cuando tenía que volver a convocar una junta con el mismo objeto, omitió esa obligación legal y, de acuerdo con EY Abogados, solicitaron un cambio de régimen del concurso para evitar que los administradores elegidos en junta general pudieran impedir este rescate que ahora se declara inviable.


Deterioro por el concurso

La declaración del concurso ha supuesto un agravamiento del deterioro financiero que ya sufría el grupo y que tiene su origen en la desestabilización definitiva que supuso la forzada destitución de Felipe Benjumea como presidente de Abengoa y que tuvo como consecuencia que fracasase una vital ampliación de capital. Eso provocó en noviembre de 2015 que se declarase preconcurso, del que salió con una reestructuración aprobada para refinanciar el grupo, que en realidad nunca aportó liquidez al negocio de la compañía, porque el dinero fue a parar a pagar fortísimos intereses a un grupo de acreedores o a financiar activos como el A3T mexicano, que se adjudicó uno de ellos, el Banco Santander. Esto último se produjo por una segunda reestructuración que, de nuevo con el argumento de refinanciar, puso la empresa de nuevo a Mercer de los acreedores. Todo ese proceso, denunciado como un “expolio” lo investiga como indiciariamente delictivo un Juzgado de Sevilla.

Pese a la gravedad de las consecuencias haber pedido el concurso, nadie está pidiendo explicaciones y responsabilidades al presidente no ejecutivo de Abenewco 1 y ex presidente de Abengoa o a los directivos que le apoyan o le utilizan. Al contrario, se presiona sin cuartel al Gobierno para que tome la decisión de dar la ayuda contra lo que señala este informe, o se carga contra el consejo de Abengoa, al que se le intentó hacer una encerrona el pasado miércoles, con la cooperación de altos directivos. Encerrona en la que los consejeros no cayeron. El consejo de matriz estaba en Sevilla porque, pese a los obstáculos y los impedimentos para armar un rescate viable, estaba trabajando, según reveló Fernández, en los juzgados para lograr un convenio que evite la liquidación de la matriz y del conjunto del grupo.

Porque además el informe pone de manifiesto que la información facilitada en los dos consejos del grupo, en la matriz cotizada y en la filial operativa, ha sido escasa y parcial respecto a lo que detallan los asesores financieros y jurídicos de la SEPI.

Quizás la plantilla, que sigue protestando y presionando porque le han hecho creer que sin SEPI y Terramar no hay futuro posible, a la vista de este informe, tome conciencia de que llevan un año y medio en una situación que ha hundido más al grupo, y con una gestión que hace inviable ese rescate, y deje de cargar contra los accionistas, sus consejeros o el empedrado. O quizás siga no queriendo ver la evidencia.

Alegaciones y convenio

Tras este informe, la empresa ha enviado unas alegaciones que la SEPI está estudiando desde el viernes por la mañana. El consejo gestor del Fondo tendrá que tomar la decisión definitiva a la luz de ambas. La lógica hace pensar que con esas advertencias de los asesores y con las conclusiones de los gestores del Fondo, la respuesta seguirá siendo que la ayuda no es elegible, pese a las citadas alegaciones. La certeza llegará cuando el consejo gestor resuelva definitivamente el expediente y decida si deniega o concede la ayuda. Si deniega no informará, como ha ocurrido en los otros 27 casos de empresas no elegibles. Y sólo lo confirmará antes del jueves si cambia de criterio y decide apoyar la concesión de la ayuda. Eso sí, el jueves está previsto que la SEPI haga balance del uso del Fondo y detalle las operaciones aprobadas en el momento de su extinción. Si no está Abengoa, o sus filiales para ser precisos, se confirmará que no se ha dado la ayuda. Bien es cierto que si los consejeros de Abenewco 1 o de Abengoa SA tienen constancia antes, estarán en la obligación de comunicar la negativa al mercado de valores, algo que ya han hecho otras empresas cotizadas, la última la sevillana Ezentis. Aunque también podría ser un incumplimiento más respecto de las obligaciones ante la CNMV.

Paralelamente, habrá que ver qué convenio se presenta a los acreedores, toda vez que al menos uno será presentado, el que prepara el consejo de la cotizada, que persigue salvar el negocio y los empleos para evitar una segura liquidación a la vuelta del verano (que no el 1 de julio). A la vista del informe, las salidas se complican aún más. Pero habrá que esperar a conocer qué se propone, quién y qué se persigue con ello. La decisión la tomará el juez del concurso, que hasta septiembre seguirá siendo el magistrado sustituto Francisco Javier Carretero, que ya ha confirmado a la administración concursal y a la empresa que no ha logrado la plaza de titular de la Sección Tercera del Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla.

El tiempo es escaso y el desafío titánico. Tras año y medio perdido en intentar un rescate que la SEPI considera que no concede porque no hace viable a Abengoa a medio y largo plazo, quedan horas críticas para lograr, que es lo que importa, que se salven 2.500 empleos en España, la mayoría en Sevilla, el negocio de una empresa estratégica para Andalucía y el resto del país, y si el convenio lo permite, mantener activa la matriz y a sus accionistas.

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jmcg59
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Mensaje por jmcg59 »

01/07/2022:

Capital Radio:
Entrevista a Clemente Fernández
"Examinamos con el presidente de la matriz de Abengoa la situación de la compañía.":
https://www.capitalradio.es/noticias/em ... 34228.html

Cinco Días:
"El juez manda a liquidación a la matriz de Abengoa.
La compañía ha pedido el preconcurso para 27 filiales, que son las dueñas de los activos más valiosos":
https://cincodias.elpais.com/cincodias/ ... 08977.html
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Lingote
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Mensaje por Lingote »

Porque ClemeFdz y sus Síndicos Pablo y Fco no apoyaron la personacion en el concurso de Abengoa allá por Octubre de 2021? Después de aprobar cuentas Abengoa 2019 y perder tod@s los accionistas nuestra mejor baza el "concurso culpable"

OBJETIVOS DE LA PERSONACION EN EL CONCURSO DE ACREEDORES COMO PARTE INTERESADA.

Alcance:

Personación en el concurso como parte interesada en todas sus fases, ahora mismo en Fase Común.
Objeto:
• Tener acceso directo a toda la información y documentación del concurso para defender nuestra posición como accionistas. Por ejemplo:
o Informe provisional de EY.
o Inventario de activos y pasivos determinado por EY.
o Memoria y otras documentaciones presentadas para declarar el concurso y durante el concurso.
o Ventas de los último dos años y en el periodo de concurso.
o Intereses satisfechos a acreedores desde el inicio del concurso.
o Honorarios del administrador concursal.
o Lista de personados al concurso.
o Etc.
• Estar comunicados de inmediato, por imperativo legal, de cualquier petición de medidas por parte del administrador concursal o su señoría.
• Poder presentar peticiones a EY y su señoría o aclaraciones sobre aspectos concretos del concurso en su fase común que pudieren no haber sido conforme a ley para obtener su resolución al respecto que luego puedan ser utilizadas en otros procesos judiciales anexos o derivados (*Anexo I)
• Poder presentar oposición a las peticiones de EY como administrador concursal y a las resoluciones del juez cuando estas sean lesivas para el accionista u otros acreedores.
• Posibles y futuras ventas de activos, así mismo de los que ya hubieren tenido lugar durante el Concurso.
• En fase de liquidación poder oponerse a la valoración de las transferencias a realizar a acreedores (siempre que esto no suponga un riesgo añadido)
• En fase de calificación intentar la resolución de CULPABLE como método para el apoyo de futuras querellas y poder recuperar las inversiones de los accionistas. (ANEXO II)
• En fase de calificación incorporar a la fiscalía mediante la querella presentada por Xésus para que no pueda inhibirse de estar presente en esta Fase.

Anexo I:
1- Solicitar la relación de los intereses devengados desde que fuere declarado el concurso voluntario. Solo se deberían abonar los intereses de créditos con garantía real. (bien mueble o inmueble). Si esto no fuese así, se deberá pedir el cese inmediato del AC y acción de responsabilidad de Juan Pablo López bravo como responsables. (Dar tiempo para que no pueda ordenarse la liquidación).
2- Solicitar a EY que presente las cuentas de 2020 dado que el actual consejo de administración tiene suspendidas sus funciones y por tanto es administrador único a todos los efectos.
3- Pedir que el administrador concursal inicie como responsable de los procesos judiciales, la acción de responsabilidad social correspondiente contra Juan Pablo López bravoy/o alConsejo de GonzaloUrquijoDe Araoz y los administradores de la sociedad por incumplir la presentación de cuentas en plazo 2019 que acabó con expediente sancionador por este motivo por parte de la CNMV como infracción muy grave. Pedir el cese inmediato de López Bravo de cualquier cargo que ostente en la compañía derivado de esta acción de responsabilidad social.
4- Pedir la petición de la restitución de los poderes al consejo de administración que le fueron detraídos a petición de EY de forma no justificada y poniendo en riesgo la viabilidad propuesta de la compañía (caso Pescanova). Art. 40, Ley Concursal (...) Facultades patrimoniales del deudor. ... En caso de concurso voluntario, el deudor conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.Además de lo expuesto, el actual consejo de administración nada tiene que ver con el anterior y cuantas faltas pudiesen haber acontecido en su deber de colaboración y administración. A tal. Efecto hay jurisprudencia al respecto en el caso Pescanova en que dada la complejidad de la gestión diaria del grupo societario es evidente no puede ser asumida sólo por un administrador concursal sin este tipo de experiencia de gestión. Si por el Sr Clemente Fernández con una dilatada experiencia. (Sentencia del Tribunal Supremo, núm. 258/2012 de 24 abril en el asunto “Afinsa, también se pronunció al respecto, la Audiencia Provincial de Madrid núm. 180/2010 de 13 julio ^Sección 28^ asunto Fórum Filatélico) Este último paréntesis también tiene relación con el Auto 80/21 en ulteriores puntos.
5- Pedir a su señoría el Juez Sr. Navarro del Juzgado n3 de lo Mercantil de Sevilla que aclare el Auto 80/21 de suspensión del concurso, concretamente el punto cuatro, porqué se entromete en temas societarios de la compañía (LSC art. 93c) al anular una Junta General Extraordinaria, previamente convocada al concurso de acreedores en la que solo se trataban asuntos organizativos/societarios con un argumento infundado “pudieren” y prejuzgando una influencia negativa en el patrimonio y solvencia de la Cia. Del consejo entrante, cuando en el momento de emitir el Auto del concurso voluntario dichas facultades quedan intervenidas de facto en favor del administrador concursal. Además, se da por supuesto que el consejo que presentaba en ese momento la concursada si está realizando bien sus labores, contra la opinión del 21 % de los accionistas de la sociedad que estiman justamente lo contrario y que ya habían depositado su voto en tal disposición y sentido por medios telemáticos, mediante la plataforma habilitada al efecto en Abengoa.com, hecho que su señoría conocía sobradamente, y los Administradores de Abengoa también.

6- Pedir a su señoría que aclare porque en el Auto 80/21 de suspensión de JGE y aceptación del concurso voluntario, no se determina si la insolvencia fue clasificada de actual o inminente y como eenun período tan exiguo, se pudo revisar la totalidad de documentación que se debe presentar a petición del concurso y deducir dicha insolvencia considerando la amplitud del grupo empresarial y la falta de cuentas presentadas ni aprobadas de los ejercicios 2019 y 2020. ¿Como pudo presentarse una memoria con las operaciones realizadas tras la aprobación en las cuentas anuales si estas no estaban aprobadas? Este es requisito de TRLC.
7- ¿Pedir una explicación al Juez Navarro de lo Mercantil n3 de Sevilla, de porque no se volvió a ordenar la realización de la junta pendiente, estando suspendida como medida cautelar en el Auto 80/21 tras el nombramiento del administrador concursal y porque en dichas medidas se habla SÓLO del interés de los acreedores y no de la viabilidad de la empresa que es el fin último del concurso?
8- ¿Pedir explicación de porqué tras el nombramiento del AC se ha permitido que se mantenga a la compañía durante meses en acefalia, incumpliendo la LSC y los propios Estatutos de Abengoa, en relación a la constitución mínima del consejo de administración por tres administradores? Siendo que existía ya una junta pendiente de realización. En lo expuesto en los anteriores puntos pedir la eventual reprobación del Juez navarro y así mismo su inhibición y posterior investigación por parte del TSJ (o a quien proceda), si en atención a las motivaciones y argumentos que su Señoría pudiera argumentar no satisfacen de manera bastante, así como su responsabilidad por prevaricar si así procediese.
9- El informe provisional de EY (del que hemos hablado con anterioridad) contempla el análisis de la memoria económica y jurídica que se presentó para pedir el concurso (si es que se presentó)? Si no es así se debe pedir que así sea y de no existir esta documentación requerir a su señoría que indique como puede ser y que actuaciones deben de llevarse a cabo para subsanar esta situación o bien indicar actualizar dicha información con los datos disponibles de las cuentas 2020.
10- Hacernos conocedores, de si coinciden los datos de las cuentas presentadas por los administradores salientes y EY con el informe provisional del mismo administrador concursal?
11- Solicitar al juez que requiera al administrador concursal a que emita conclusiones sobre la viabilidad de la propuesta de Terramar fijada en 4 folios a la CNMV. ¿Porque no se ha pronunciado explícitamente? Que comporta económicamente y financieramente hablando dicha propuesta para la compañía?
El 26/07/2021 se comunicó a la CNMV una operación de reestructuración, debió en tanto en cuanto el consejo estaba suspendido ser presentada por EY. Supervisó el AC está propuesta ¿Con que motivo autorizo su publicación a la CNMV y quién la autorizo? Puesto q no lleva firma alguna. Dicha oferta ha decaído el 30 de septiembre sin q el administrador concursal haya comunicado e informado de este hecho a la CNMV en su deber de información (siendo a tal fecha administrador único al estar el consejo suspendido de funciones).
12- ¿Pedir al Juez, cual es la motivación que llevó a designar a EY como administrador concursal de 45 candidaturas disponibles, las cuáles no tenían conflicto de intereses con Abengoa como el que si tenía EY y que le obligó a condonar (condonó 477.000 euros al grupo Abengoa “para no tener conflictos de interés) deuda a cambio de ser el administrador concursal? Es evidente que ya existían lazos previos entre ambas organizaciones que pueden influir en el concurso. Cuando realizó EY trabajos para abengoa o alguna de sus filiales ¿ hace menos de dos años?
13- Pedir el cese del Administrador Concursal y el nombramiento de nuevo administrador concursal y de un administrador concursal complementario por parte del estado según el auto de concurso. El cese del Administrador Concursal sería justificado y argumentado por el incumplimiento en su deber de diligencia y en la tramitación de los puntos de la junta ordenados por el registro mercantil, excediendo el tiempo concedido y siendo su responsabilidad encontrándose la CIA en régimen de suspensión del consejo.
14- Con la sociedad matriz de Abengoa ya en concurso voluntario de acreedores y a la espera de que fuese nombrado el administrador concursal, el banco Santander en presunta connivencia, con el Consejo de Administración (formado por Juan Pablo López-Bravo Velasco y Margarida De La Riva Smith) aceleraron la descapitalización de las sociedades filiales a favor de los intereses de estos mismos acreedores bancarios y los fondos de inversión, llegando incluso a publicar el diario El Español el pasado cinco de marzo de 2021 que “La banca acreedora mueve ficha para trocear Abengoa antes de que llegue el administrador concursal”. En atención a lo anterior expuesto solicitar todos los movimientos de activos y circulante que han tenido lugar dentro del concurso voluntario para supuestamente intentar salvar Abengoa.
15- Terramar Capital es una empresa californiana (que cuenta con un capital social de tan solo 10.000 dólares) sin experiencia alguna en el sector en el cual opera Abengoa, especializada en la liquidación de compañías en dificultades, prestando dinero para presuntamente, forzar la quiebra de empresas, quedarse con los activos de las mismas y despiezar las compañías para así quizás poder sacar grandes beneficios, encontrando varios ejemplos en la red de internet.
16- Hacernos conocedores, en base a ll anteriory que se publique en la web de Abengoa.com no solo cuatro hojas (que es lo que figura) del plan de rescate de Terramar Capital, sino todo su plan establecido para el supuesto rescate de Abengoa S.A. para general conocimiento de los accionistas.
17- Con la sociedad matriz de Abengoa ya en concurso voluntario de acreedores y a la espera de que fuese nombrado el administrador concursal, el banco Santander en presunta connivencia, con el Consejo de Administración (formado por Juan Pablo López-Bravo Velasco y Margarida De La Riva Smith) aceleraron la descapitalización de las sociedades filiales a favor de los intereses de estos mismos acreedores bancarios y los fondos de inversión, llegando incluso a publicar el diario El Español el pasado cinco de marzo que “La banca acreedora mueve ficha para trocear Abengoa antes de que llegue el administrador concursal”. Ejemplo de ello es la venta al grupo energético francés Engie de una participación del 40% en el capital social de la planta propiedad de AbengoaXina Solar One, un parque termosolar (CSP) de 100 MW, así como el 46% de la compañía de Operaciones y Mantenimiento.Saber en qué aspectos esta mencionada noticia, puede tener que ver con la realidad, ya que no se conocen acciones legales contra el diario “EL Español” ni tampoco rectificación del mismo en tal sentido y si hubo noticias de ventas de activos, arriba detallados, así cómo sus pormenores.


ANEXO II
1- Solicitar a EY que presente los documentos que avalen que los consejos de administración anteriores cumplieron de forma estricta con el plan de viabilidad homologado por su señoría Juez Navarro para que el juez determine si efectivamente se cumplió dicho plan o bien fue incumplido en alguno o en la totalidad de sus puntos.
2- Recdurrir a la querella y denuncia a fiscalía para que el administrador concursal y el juez se vean en la obligación de declarar el concurso culpable.

<Así se lo transmití a Fco el 27 de Octubre de 2021.>

Algunas cosas son quimeras, otras hitos..somos conscientes..

Otras simplemente no se podrán realizar..(por el coste que implicaría)

Y a evitar siempre.. acciones temerarias que nos puedan calificar y responder con nuestro patrimonio..

A quien proceda!

*es justo añadir que no la sacamos debido a que no teníamos el apoyo de los administradores de la Sindicatura ni de los Síndicos, desistimos exhaustos después de muchos palos en la rueda.
*Posdata fui integrante del mal llamado "Grupo Judicial de la Sindicatura" del cual dimanaban notas de prensa, estrategias, estudio de Leyes, y posibles acciones legales,así como el apoyo a Gold Abogados en el recurso del Auto 80/21 de suspensión de la junta de Abengoa de 2021.

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